viernes, 19 de noviembre de 2010

Justicia Militar, avance y retrocesos

El Congreso Nacional ha despachado el proyecto de ley que restringe la competencia de los tribunales militares.  La nueva norma señala: “En ningún caso, los civiles y los menores de edad estarán sujetos a la competencia de los tribunales militares.  Ésta siempre se radicará en los tribunales ordinarios con competencia en materia penal. “
La aprobación del proyecto constituye un avance importante, inserto en los procesos de modernización de la justicia y de fortalecimiento de nuestra democracia.  La justicia militar sólo puede considerarse adecuada para los militares, que  requieren el juzgamiento de sus pares cuando cometen los delitos propios de su función especial.   En cambio, la aplicación de esa jurisdicción a  los civiles, como ha venido ocurriendo en nuestro país hace ya tanto tiempo,  da pie a inequidades y abusos y  redunda en un acusado desprestigio para las instituciones judiciales.  Restringir la competencia de la justicia militar a su ámbito natural, como se intenta en este proyecto,  es un imperativo impostergable.
El texto comentado, sin embargo, exhibe incoherencias graves, originadas en  el propósito vano de compatibilizar dos sistemas judiciales que son profundamente disímiles, que adhieren  a principios y criterios  marcadamente diferentes.    Los ciudadanos sometidos hoy a la justicia militar han quedado, en principio,  privados de su  derecho  a no ser juzgados a base de pruebas obtenidas con vulneración de sus derechos y garantías  fundamentales,  puesto que los medios de prueba rendidos anteriormente ante el  Tribunal Militar  se remitirán íntegramente  al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal  y la defensa no podrá solicitar su  exclusión conforme las reglas generales.    Uno de los pilares básicos del procedimiento penal acusatorio, el de la contradicción con respecto a las pruebas, ha sido ignorado.
Pero, además, el proyecto aprobado mantiene la desigualdad entre  las víctimas de los delitos originada en la calidad de civil o de militar del victimario, desigualdad que carece de  justificación.   Las víctimas civiles de delitos cometidos por uniformados seguirán sometidas a la justicia militar, pues será esta y no la justicia civil  la que los juzgará, bajo sus propias reglas y criterios.  
En síntesis, el proyecto del ley sobre la justicia militar aprobado por el Congreso constituye un paso adelante pero también contiene  retrocesos.   Es de esperar que la aplicación práctica por jueces, fiscales y defensores morigere las incoherencias anotadas y que los Poderes Colegisladores uniformen, a la mayor brevedad, los procedimientos aplicables en ambas judicaturas, atendiendo a la exhortación formulada por el Tribunal Constitucional en su pronunciamiento sobre este proyecto. 

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